Actualización del Código Alimentario Argentino (CAA)
Se incorporó el art. 225 sobre la declaración de azúcares totales y añadidos y el Art. 226 sobre la declaración obligatoria del rotulado nutricional frontal.
Se incorporó el art. 225 sobre la declaración de azúcares totales y añadidos y el Art. 226 sobre la declaración obligatoria del rotulado nutricional frontal.
Cuando la fuente de azúcares sea adicionada en un alimento formulado, o cuando de su procesamiento se obtenga una matriz/producto diferente del ingrediente original (como, por ejemplo, una salsa caramelo), se evaluará dicho producto final formulado según los criterios establecidos por el reglamento como “agregado de azúcares”.
Desde este 20 de agosto, la denominada Ley de Promoción de la Alimentación Saludable, más conocida como de Etiquetado Frontal, entra en vigencia. Sin embargo, solo serán algunos productos los que podrán detectarse en las góndolas, ya que se implementará de forma completa el 20 noviembre 2023. La función de estas etiquetas es advertir a los consumidores cuando un alimento o una bebida sin alcohol cuenta con exceso de azúcares, grasas totales, grasas saturadas, calorías y sodio.
El objetivo declarado de la Ley para incorporar los sellos es “garantizar el derecho a la salud y a una alimentación adecuada…» Nadie puede estar en contra de ese objetivo. Sin embargo, cabe preguntarse si la solución que proponen la Ley y su reglamentación lo cumple. Spoiler alert: no (siempre).
La normativa, sancionada en octubre del año pasado, se pondrá en marcha en agosto. Hasta cuándo tendrán tiempo supermercados y comercios más pequeños para implementar la medida.
El contenido de cada producto será exhibido en las etiquetas. Las empresas pequeñas o medianas tendrán un plazo mayor para adaptarse a la nueva ley
La Red BDA recibe donaciones de empresas productoras o comercializadoras de alimentos, principalmente de aquellos productos que han salido del circuito comercial y que son aptos para el consumo. Estas donaciones se entregan a organizaciones sociales ubicadas en Capital Federal y partidos del Área Metropolitana de Buenos Aires, que dan de comer a miles personas por día, en su mayoría niños, que no tienen asegurada su alimentación.
El primer plazo de adecuación vence el 20 de agosto, pero ya hay pedidos de prórroga. Dicen que necesitan un plazo mayor para hacer más saludables algunos productos. Qué responde el Gobierno. El debate tardó una década. Pero se aprobó, con 200 votos a favor, 22 en contra y 16 abstenciones. En el medio, antes de esa histórica sesión de 11 horas en el Congreso, pasó de todo con el texto de la ley de Etiquetado Frontal de Alimentos.
El Decreto 151/2022, publicado el miércoles 23 de marzo, aprobó la reglamentación de la Ley de Etiquetado Frontal, que fue promulgada oficialmente en noviembre de 2021.
Mediante la reglamentación se puso en marcha la implementación de La ley Argentina No 27.642 que establece la incorporación de advertencias en el frente de los envases y regula la publicidad, promoción y patrocinio y la oferta en las escuelas de productos con exceso de azúcares, grasas y sodio de acuerdo con los criterios de la OPS.